Fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es considerada como la Carta internacional de los derechos humanos de las mujeres y consta de un preámbulo y 30 artículos, en los que define el concepto de discriminación contra la mujer y establece una agenda para la acción nacional con el objetivo de poner fin a tal discriminación.
Con el fin de examinar los progresos realizados en su aplicación, el Artículo 17 de la Convención establece la creación de un Comité integrado por 23 expertas elegidas por los Estados parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal, por un período de cuatro años.
México ratificó la Convención el 23 de marzo de 1981, año en el que entró en vigor en nuestro país. En apego al Artículo 18 de la Convención, ha presentado seis informes periódicos al Comité de Expertas sobre su aplicación en nuestro país.
Fue adoptado el 6 de octubre de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Le otorga al Comité de Expertas la competencia para recibir y considerar denuncias por violaciones a los derechos consagrados en la Convención, a través de un mecanismo de comunicación o de un procedimiento de investigación.
México ratificó el Protocolo Facultativo el 15 de marzo del 2002 y a partir de ese año está en vigor para nuestro país.
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 21 de la CEDAW, el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer puede hacer sugerencias y recomendaciones de carácter general basadas en el examen de los informes y de los datos transmitidos por los Estados Partes.
De conformidad con el Artículo 18 de la CEDAW los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario General de las Naciones Unidas, para que lo examine el Comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la presente Convención y sobre los progresos realizados en este sentido.
El sistema permite tener acceso a los informes de gobiernos y otras organizaciones de América Latina y el Caribe que han sido presentados al Comité de la CEDAW.
Cuadros que articulan por tema, los compromisos de la CEDAW, las Recomendaciones del Comité CEDAW al Estado Mexicano, la Plataforma de Acción de Beijing y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), con la Ley de Igualdad General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
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